El código de ética tiene por objeto crear un comportamiento de elevada moral y poner en práctica medidas encaminadas a aumentar la sensibilidad del personal, ante los efectos de la Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de destrucción Masiva y Otros Ilícitos, mediante el establecimiento de criterios que permitan anteponer los principios éticos al logro de lucro y a los intereses personales.
Descarga los archivos contentivo de la ley de caja de valores y de mercado de valores
Normas y procidencias.
El presente reglamento regula el funcionamiento de la C.V.V
Lineamientos para procesos de pago
Apoyate en nuestro diccionario de términos para ampliar tus conocimientos acerca de aspectos legales
| Término | Definición |
|---|---|
| Accionista - Subcuentista | Persona natural o jurídica, venezolana o extranjera, pública o privada, titular de las acciones emitidas por el Emisor Depositante, que se depositan a su nombre y son representadas mediante anotaciones en cuenta en el sistema de subcuentas de la Caja. |
| Accionistas | Titular de una o más acciones de una sociedad mercantil. Es el propietario de una o varias acciones de una empresa constituida en sociedad anónima o en comandita por acción. |
| Agentes de colocación | Aquellas sociedades de corretaje y casas de bolsa autorizadas por la Superintendencia Nacional de Valores e inscritas en el Registro Nacional de Valores para actuar como Agentes de Colocación de una emisión de valores o de una fracción de ésta, durante el Proceso de Colocación Primaria. |
| Beneficiario | Es aquella persona natural o jurídica, venezolana o extranjera, pública o privada, que adquirió y/o es tenedor de valores emitidos por el Emisor y que en la fecha que corresponda, recibirá por parte de la Caja, el pago o asignación de los Beneficios por cuenta y orden del Emisor, consecuencia de eventos corporativos conforme a le establecido en el correspondiente contrato. |
| Beneficios | Capital, intereses y/o los dividendos generados por valores que se encuentran depositados en la Caja. |
| Beneficios | Capital, intereses y/o los dividendos generados por valores que se encuentran depositados en la Caja. |
| BOLPRIAVEN | BOLSA DE PRODUCTOS E INSUMOS AGROPECUARIOS DE VENEZUELA, C.A. BOLPRIAVEN: Sociedad mercantil domiciliada en Caracas autorizada por la Superintendencia Nacional de Valores e Inscrita en el Registro Nacional de Valores, para actuar como Bolsa de Productos e Insumos Agropecuarios. |
| Bolsa de Valores de Caracas, C.A. | Sociedad mercantil domiciliada en Caracas autorizada por la Superintendencia Nacional de Valores e Inscrita en el Registro Nacional de Valores, para actuar como Bolsa de Valores, que asigna el Código ISIN (International Securities Identification Numbering), como agente numerador oficial en Venezuela. |
| Bolsas de Productos e Insumos Agropecuario | Instituciones abiertas al público, reguladas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores, sometidas al control de la Superintendencia Nacional de Valores, abiertas al público, que tienen por objeto la prestación de todos los servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada, la negociación de contratos de compra-venta y suministro de productos de naturaleza agrícola, contratos de opciones y futuros, titularizaciones, obligaciones, emisiones, certificados de depósito, bonos de prenda y demás instrumentos de financiamiento bursátil y los valores relacionados con productos e insumos de origen o destino agrícola, que sean registrados, emitidos o transados, con la finalidad de proporcionar a los productores, agroindustriales, intermediarios, comerciantes, prestadores de servicio conexos e inversionistas en general, condiciones adecuadas de transparencia y seguridad, que han suscrito los correspondientes Convenios Operativos con la Caja. |
| Bolsas de Valores | Instituciones abiertas al público, reguladas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores, sometidas al control de la Superintendencia Nacional de Valores, que tienen por objeto la prestación de todos los servicios necesarios para que se realicen en forma continua y ordenada, las operaciones con los valores objeto de oferta pública, que han suscrito los correspondientes Convenios Operativos con la Caja. |
| C.V.V., Caja Venezolana de Valores, S.A. | La Caja, sociedad mercantil cuyo objeto es la prestación de los servicios de depósito, custodia, transferencia, compensación y liquidación de valores objeto de oferta pública. |
| Código de Negociación | CÓDIGO DE NEGOCIACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS A TRANSAR EN LAS OPERACIONES QUE SE REALICEN EN BOLPRIAVEN: VE A XXXXX YYY C, donde: X=Emisor (5 Dígitos) Y=Número Validador (Alfanumérico) C=Número Validador AA0 – GZ9 = Títulos Agrofinancieros HA0 – NZ9 = Notas Bursátiles Agrícolas OA0 – UZ9 = Títulos de Inversión Agrícola VA0– ZZ9 = Contrato sobre Facturas Agropecuarias, Pesqueras y Forestales |
| Convenio Operativo | Se refiere al Convenio celebrado entre C.V.V. CAJA VENEZOLANA DE VALORES, S.A. y una Bolsa de Productos e Insumos Agropecuarios o una Bolsa de Valores, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Cajas de Valores, que tiene por finalidad regular lo relativo a la realización de las funciones de transferencia, compensación y liquidación de valores objeto de oferta pública y otros productos financieros agrícolas y cualesquiera otros valores objeto de oferta pública, de similar naturaleza, por las operaciones efectuadas, según sea el caso. |
| Custodia | Servicio que presta la Caja, expresamente autorizada por la Superintendencia Nacional de Valores, de conformidad con la regulación aplicable, que consiste en la realización de las actividades técnicas y administrativas correspondientes, para el resguardo, preservación y cuidado de los valores que le han sido depositados, susceptibles de oferta publica, sea porque dicha oferta se encuentra autorizada por la Superintendencia Nacional de Valores o, por tratarse de títulos exceptuados del régimen de autorización según lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores y en otras leyes especiales o, de cualesquiera otros bienes susceptibles de negociación en las bolsas de valores del país. |
| Depositante Profesional | Persona jurídica venezolana o extranjera, pública o privada, que deposita en la Caja a su nombre, en la cuenta de valores principal o, por cuenta de un tercero en la subcuenta respectiva, los valores objeto de oferta pública, debidamente autorizados por la Superintendencia Nacional de Valores. |
| Depositante Profesional - Casa de Bolsa | Miembro de las Bolsas de Valores, con las cuales la Caja haya suscrito los correspondientes Convenios Operativos, quien podrá efectuar depósitos a nombre de terceros, a los fines de que la Caja proceda a la apertura en sus sistemas de Subcuentas de Valores separadas, las cuales serán administradas por el Depositante Profesional. En dichas Subcuentas, quedarán asentados los depósitos, transferencias de los valores, así como los débitos y créditos efectuados como consecuencia de la ejecución de las operaciones bursátiles de las cuales forme parte. |
| Depositante Profesional - Emisor | Persona jurídica venezolana o extranjera, pública o privada, emisor de los valores objeto de oferta pública, debidamente autorizado para ello por la Superintendencia Nacional de Valores, quien los deposita en la Caja mediante el Contrato de Depósito correspondiente. |
| El Cliente (Servicio de Agente de Traspaso) | Persona natural o jurídica, venezolana o extranjera, pública o privada, que ha sido debidamente autorizada por la Superintendencia Nacional de Valores, para emitir los valores objeto de oferta pública, los cuales se encuentran depositados en la Caja, que contrata con esta depositaria, el Servicio de Agente de Pago del capital, intereses y otros frutos o beneficios, generados por los valores depositados en la institución. |
| El Cliente (Servicio de Custodia) | Persona natural o jurídica, venezolana o extranjera, pública o privada, que ha sido debidamente autorizada por la Superintendencia Nacional de Valores, según sea el caso, para emitir los valores objeto de oferta pública u otros bienes objeto de negociación a través de las bolsas de valores del país, o es propietario de los mismos, los cuales se encuentran o no depositados en la Caja, que contrata con esa depositaria, los servicios de custodia para dichos valores o bienes. |
| El Oferente | Toda persona que directa o indirectamente ofrezca valores al inversionista, bien sea a través de Agentes de Colocación contratados o, directamente por el Emisor, cuyo proceso de Oferta Pública este regido por la normativa que regula el mercado de valores. |
| Emisor | Persona natural o jurídica que emite los valores, cuya oferta pública ha sido autorizada por la Superintendente Nacional de Valores, que se depositan en la Caja, en virtud del correspondiente contrato. |
| Factor | Es el resultado matemático de aplicar los datos relativos a una emisión de valores en particular, que permite a la Caja calcular con exactitud el saldo a pagar a un Beneficiario en la fecha de pago. |
| Fecha de Pago | Es la fecha calendario establecida según los términos legales, de los eventos corporativos del Emisor en la cual la Caja procederá a entregar el saldo a pagar a cada uno de los Beneficiarios de los valores emitidos por el Emisor que se encuentren depositados en la Caja. |
| Institución Financiera | Es la sociedad mercantil nacional o extranjera, pública o privada, en la cual la Caja procederá a enterar en la fecha de pago pertinente, el saldo a pagar en dinero al Beneficiario, por orden y cuenta del Emisor. |
| Libro de Órdenes | Procedimiento mediante el cual se forma cronológicamente una lista de instrucciones provenientes de inversionistas, que puede ser llevado en forma manual o de manera electrónica, a través de la Caja, que tiene por objeto, registrar el interés del mercado en un valor especifico que está siendo objeto de oferta pública, durante el Proceso de Colocación Primaria, para facilitar a los Oferentes, el cumplimiento de las NORMAS RELATIVAS A LA OFERTA PÚBLICA, COLOCACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS EMISIONES DE VALORES, emitidas por la Superintendencia Nacional de Valores. |
| Proceso de Colocación Primaria | Es el proceso de adquisición inicial por parte de los inversionistas de una emisión de valores, ya sea realizado directamente por el Emisor o por Agentes de Colocación contratados por este, que se denominan los oferentes de los valores, de acuerdo a lo estipulado en los respectivos contratos de colocación primaria y a las modificaciones de los mismos, autorizadas por la Superintendencia Nacional de Valores. |
| Saldo a Pagar | Es la cantidad en valores y/o dineros generados por los valores depositados en la Caja, los cuales en la fecha prevista para ello y por orden y cuenta del Emisor, la Caja procederá a pagar a los Beneficiarios. |
| Servicio de Agente de Traspaso | Es el servicio prestado por la Caja al Cliente, por medio del cual, la Caja procede a pagar por cuenta y orden del Cliente, el capital, los intereses y/o los dividendos generados por valores que se encuentran depositados en la Caja, debidamente anotados en la Subcuenta de los tenedores y/o Subcuentistas Beneficiarios de los valores emitidos por el Cliente. |
| Subcuentista | Persona natural o jurídica, venezolana o extranjera, pública o privada, titular de los valores objeto de oferta pública, depositados a su nombre, en las subcuentas de el Depositante Profesional en el sistema de la Caja. |
| Superintendencia Nacional de Valores | Es el órgano de regulación, supervisión y control del mercado de valores, cuyo funcionamiento se rige por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Mercado de Valores, que está facultado para autorizar la oferta pública de Valores e inscribirlos en el Registro Nacional de Valores. |
| Valores | Se refiere a las acciones y otros valores objeto de oferta pública, emitidas por el Emisor, que han sido autorizadas para su oferta pública por la Superintendencia Nacional de Valores, que se depositan un porcentaje en la Caja, en virtud del respectivo contrato de depósito. |
| Valores (Formación del Libro de Órdenes) | Se refiere a los instrumentos de renta fija y renta variable, emitidos por el Emisor, que han sido autorizadas para su oferta pública por la Superintendencia Nacional de Valores, que se encuentran en fase de Colocación Primaria, de acuerdo a lo previsto en el Contrato de Servicios para la Formación del Libro de Órdenes. |
| Valores en Custodia | Son los valores emitidos por el Emisor, que se encuentran depositados en la Caja, debidamente anotados en la Subcuenta de sus tenedores y/o Subcuentistas, debidamente desmaterializados o, los títulos físicos que se encuentran bajo la custodia de la Caja en virtud del correspondiente contrato. |
Copyright © Caja Venezolana de Valores | Desarrollado por INCOAR CONSULTORES C.A